El ministerio de la dirección espiritual y de la confesión.
5
de noviembre
¡Qué angustioso resulta pensar que uno deba dar cuenta a
Dios de los pecados que otros han cometido por culpa de una dirección
espiritual no atenta y también del bien que han dejado de practicar por mi
ignorancia y - Dios no lo quiera - por mi negligencia!... Es cierto que siempre
me he encomendado a Dios en este importantísimo ministerio; pero ¿quién me
garantiza que he hecho todo lo que tenía que hacer? Dios mío, ¡ésta, hija mía,
es una espina que, aún estando siempre clavada allí, en el fondo del alma, siento
que me punza de continuo! ¡Ah!, hija, ruega mucho por el desempeño fructuoso de
mi ministerio y, si el buen Dios te lo permite, dime alguna palabra que me lo
garantice.
(9 de abril de 1918, a María Gargani – Ep.
III, p. 312)
El ministerio de la dirección o acompañamiento espiritual, lo mismo que la administración del Sacramento de la Penitencia, llevan consigo una vital responsabilidad, no solamente en cuanto a la exigencia del actuar rectamente y con pureza de corazón, sino también porque esto supone necesariamente abrirse a la acción de Dios bajo la gracia del Espíritu Santo para poder acompañar y dirigir rectamente.
Pero no solamente es esto, sino también el compromiso que lleva consigo con respecto a la confianza y a la aptitud y actitud para desempeñar adecuadamente dicho ministerio y llevarlo a cabo según la voluntad de Dios. Ciertamente las almas confiadas a quien lleva a cabo dicho ministerio son un tesoro confiado para la vida eterna.
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